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NOTAS DE OPINION Y EDITORIALES: Visión jurídica y política del fallo de la Corte
16/05/2023 | 116 visitas
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Rosendo Fraga EL CRONISTA
La base de la argumentación jurídica del fallo de la Suprema Corte suspendiendo, mediante una medida cautelar, las elecciones provinciales en Tucumán y San Juan, proviene de una discusión que tuvo lugar en 1859, ante la inminencia del final del primer periodo constitucional, tras la vigencia de la constitución de 1854.

El texto original no permitía reelección inmediata. Se podía volver a ocupar el cargo de presidente tras un periodo intermedio. El mandato entonces era de seis años.
Cuando finalizaba el periodo de Justo José de Urquiza, algunos de sus partidarios plantearon que podía presentarse como vicepresidente, eludiendo así la restricción de la reelección inmediata. El mismo Juan Bautista Alberdi -inspirador de la constitución y simpatizante político de Urquiza- dio argumentos a favor de esta propuesta.
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Opiniones en contra y la prudencia del mismo Urquiza, que no quería una aplicación discutida y controvertida al finalizar el primer periodo presidencial de la nueva constitución, lo llevó a desistir de la discutida iniciativa.
Es que si alguien puede ser presidente y luego vicepresidente; después volver a la presidencia y así sucesivamente, se establece una suerte de permanencia continua en el poder que viola el espíritu de la constitución, que establece claramente la limitación del poder.
Pero cabe señalar que el sistema constitucional estadounidense es diferente y permite ocupar sucesivamente el cargo de vicepresidente y presidente. Nixon ocupó la primera magistratura después de haber sido dos periodos vicepresidente de Eisenhower. Lo fue también George Bush (padre) después de haber sido dos periodos vicepresidente de Ronald Reagan. También ha sido el caso de Joe Biden, que ha llegado a la presidencia habiendo sido previamente vicepresidente de Barack Obama.
Pero en Argentina, el principio históricamente vigente es el que da fundamento al reciente fallo de la Suprema Corte, que considera que la sucesión permanente ejerciendo los cargos de gobernador y vice, viola dicho principio.
Jurídicamente, las objeciones en contrario argumentan que cada provincia tiene que resolver las cuestiones electorales por sí misma y que no es competencia nacional hacerlo. Para la Suprema Corte se trata, en cambio, de un principio general de la constitución nacional, a la cual tienen que adecuarse las constituciones provinciales.

Las objeciones políticas parten de la oportunidad del fallo, a pocos días de la fecha de las elecciones, con procesos ya lanzados y próximos a su final. A ello se agrega que las dos provincias que han visto suspendidos sus procesos electorales, presumiblemente iban a ser victorias del oficialismo nacional, que se encuentra enfrentado con el Máximo Tribunal, como lo pone en evidencia el juicio político que lleva adelante en la Cámara de Diputados para la remoción de sus integrantes.
Pero como cuestión política de fondo, se encuentra también el sordo enfrentamiento que se viene desarrollando entre las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, transformada en distrito autónomo desde la reforma constitucional de 1994. La realidad es que desde entonces este distrito, pese a ser sólo el 8% del padrón electoral nacional, viene teniendo un claro predominio.
Entre 1880, cuando la Ciudad de Buenos Aires fue federalizada para convertirse en capital de la nación, el intendente porteño -la Ciudad era sólo un municipio- era designado por decreto del titular del Ejecutivo. En los 114 años siguientes, sin base electoral propia, ningún porteño llegó a la presidencia de la nación.
En cambio, desde la reforma constitucional de 1994, De la Rúa y Macri alcanzaron la presidencia. Paradójicamente, cuando gobernó el peronismo, también lo hizo con un porteño, Alberto Fernández. En los últimos 20 años, porteños y santacruceños compartieron el poder nacional. Incluso en la provincia de Buenos Aires, los gobernadores han sido originarios políticamente hablando de la Ciudad de Buenos Aires desde 1995. Carlos Ruckauf, Felipe Solá, Daniel Scioli, María Eugenia Vidal y Axel Kicillof fueron previamente dirigentes políticos con actuación en la Ciudad. El único caudillo realmente bonaerense que ejerció la gobernación fue Eduardo Duhalde, quien terminó su periodo provincial en 1999, hace un cuarto de siglo.
A tres meses de las PASO, las candidaturas presidenciales también muestran un predominio porteño. Tal es el caso de Horacio Rodríguez Larreta y Patricia Bullrich, los principales candidatos presidenciales que compiten dentro de Juntos por el Cambio. El primero es el tercer Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que si gana, podría llegar a la presidencia. La segunda ha actuado en el mismo distrito durante más de tres décadas. Es posible que ambos intenten atenuar su porteñismo con candidatos a vicepresidentes del interior y del partido radical. Cabe recordar que cuando el no peronismo ganó la elección presidencial de 1999, lo hizo con una fórmula de dos dirigentes políticos de la Ciudad de Buenos Aires: Fernando De la Rúa y Chacho Álvarez. Algo similar sucedió en 2015, cuando ganó la presidencia otra fórmula integrada por dos porteños: Mauricio Macri y Gabriela Michetti. Javier Milei es hoy diputado nacional por la Ciudad de Buenos Aires.
La nacionalización de los medios de comunicación y las redes sociales también han influido en este proceso de dominio porteño de la política nacional.
La Suprema Corte tiene un origen federal en sus integrantes. De sus cuatro miembros, sólo uno es porteño: Carlos Rosenkrantz. Los otros tres provienen del interior: Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti son de Santa Fe y Juan Carlos Maqueda de Córdoba. El conflicto político interior-Buenos Aires alegado por el gobierno nacional, no parece haber influido en el fallo.
Pero en definitiva, lo importante es que se cumplan los fallos del Máximo Tribunal y ello afortunadamente ha sido así.

Rosendo Fraga
EL CRONISTA
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